La nueva Directiva de Vigilancia del Suelo de la UE: un paso decisivo hacia la salud del suelo en Europa
26 de noviembre de 2025Más del 25 % de la biodiversidad del planeta vive bajo nuestros pies, y la fertilidad del suelo es responsable directa o indirectamente del 95 % de los alimentos que consumimos.
Sobre estos datos y en respuesta a los peligros que amenazan la salud de nuestros suelos, el 26 de noviembre de 2025 se ha publicado la Directiva (UE) 2025/2360 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de noviembre de 2025, relativa a la vigilancia y la resiliencia del suelo (la Directiva de Vigilancia del Suelo).
Este mandato para los Estados miembros, el más ambicioso en materia de protección del suelo, se inserta dentro de la Estrategia de la UE para la Protección del Suelo cuyo horizonte se marca para 2030.
La Directiva establece un marco de seguimiento y evaluación armonizado del estado de los suelos basado en las siguientes obligaciones:
- Distritos y unidades de suelo. Creación de distritos y unidades de suelo sobre los que establecer sistemas de muestreo y evaluación, así como el establecimiento de descriptores mensurables para la identificación de suelos sanos versus suelos contaminados.
- Lista de contaminantes. Elaboración de un listado de contaminantes que incluya, entre otros compuestos; pesticidas, PFAs y contaminantes emergentes cuya presencia debe ser monitorizada atendiendo a su toxicidad, persistencia o movilidad.
- Inventarios de suelos contaminados. Establecimiento de registros nacionales, accesibles al público, que incluyan los emplazamientos contaminados.


De forma innovadora, la Directiva incorpora la monitorización de los usos del suelo urbano. En consonancia con el objetivo europeo No Net Land Take 2050 se incluyen medidas de mitigación como la desimpermeabilización, la restauración de suelos previamente sellados o la densificación urbana sostenible.
En conjunto, la norma corrige un vacío regulatorio histórico en el terreno ambiental, enfocado hasta el momento en ámbitos como el agua, el aire o los residuos. Los Estados miembros tendrán hasta el 17 de diciembre de 2028 para adaptar sus disposiciones legales, reglamentarias y administrativas a las nuevas obligaciones impuestas por la Directiva.
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